FINANPRO S.R.L. C/ VIOLINI MARCELA LILIANA S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara de Buenos Aires aclaró un error en la sentencia del 7/11/2024 respecto al monto del capital prestado, corrigiendo de $20.000 a $30.000, en atención a un error material en la parte dispositiva y la documentación del expediente.
- Quién demanda: FINANPRO S.R.L.
¿A quién se demanda?
VIOLINI MARCELA LILIANA S.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Corrección en el monto del capital prestado en la sentencia del 7/11/2024, que por error involuntario indicaba $20.000 en lugar de $30.000.
¿Qué se resolvió?
La Cámara admitió la presentación de la ejecutante y aclaró que donde figuraba "$20.000" en la sentencia, debe leerse "$30.000". La resolución se fundamenta en que el error material es susceptible de corrección sin afectar la cosa juzgada, aplicando los arts. 166 inc. 2 y 267 del CPCC.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El remedio es procedente. Sabido es que la doctrina de la cosa juzgada no puede constituirse en obstáculo definitivo para hacer prevalecer así un error contrario a derecho. Esta posibilidad se justifica por el principio de la verdadera justicia y la economía procesal." "Tal como se advirtió en la etapa de liquidación, según la documentación de fs. 2 y 5, del fallo que se apelara y los términos del memorial, el capital efectivamente prestado es de $30.000 y no de $20.000, como por error involuntario 'puramente numérico' se indicó en la parte dispositiva." "En esa inteligencia, propongo aclarar este último tramo de la sentencia del 7/11/2024, en el sentido de dejar establecido que donde allí dice capital puro prestado de '$20.000', debe leerse capital puro prestado de $30.000." El voto fue acompañado en ambas instancias por el Dr. Maggi, quien adhirió a los fundamentos.
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