B. S. A. S/ APELACION CONTRAVENCIONAL DE TRANSITO
La Cámara de Apelaciones en lo Penal confirmó la resolución que sostuvo las multas por infracciones de tránsito cometidas en Mar del Plata. La sentencia rechazó el planteo de nulidad por error material en la imputación, validando las sanciones y recomendando extremar precauciones en la emisión de futuras resoluciones.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El recurso fue interpuesto por el Defensor Oficial Mauro Giacomaso contra la resolución del Juez subrogante del Juzgado en lo Correccional N°4 Dptal., que validó sanciones impuestas por el Juzgado de Faltas N°3 de Mar del Plata a S. A. B., por diversas infracciones de tránsito ocurridas el 03/05/2025. La defensa alegó nulidad por violación al principio de congruencia, argumentando que el fallo administrativo vinculó erróneamente la infracción a conducir sin estar habilitado, en lugar de las faltas específicas señaladas en la imputación (darse a la fuga, conducir sobre la acera, falta de seguro, de chapa y de VTV). La Cámara analizó que el error en la mención del artículo 40 inc. "a" de la ley 24.449 fue un error material, no sustancial, y que la fundamentación del fallo comunal relacionó claramente las infracciones con las normativas correspondientes, además de que en sus considerandos se transcribieron las normas aplicables a cada falta. La Sala concluyó que no hubo violación del principio de congruencia ni del debido proceso, ya que el error no afectó el derecho de defensa y la relación entre las infracciones y las normas fue clara. La Cámara rechazó el planteo de nulidad y confirmó la resolución apelada, además de solicitar al Juzgado de Faltas que extremen los cuidados para evitar errores materiales en futuras resoluciones.
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