FRIAS PEDRO JAVIER C/ ECHAGUE ALCIDES HORACIO S/ DESPIDO
La sentencia confirma el despido y condena al empleador a pagar $654.506,51 por diferencias salariales, indemnizaciones y sanciones, además de actualizar y aplicar intereses sobre las sumas adeudadas. La decisión respalda la validez del vínculo laboral y la improcedencia del pago de diferencias de 2021.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Pedro Javier Frías, demanda a Alcides Horacio Echagüe por diferencias salariales, indemnizaciones y sanciones derivadas de su despido ocurrido el 2 de enero de 2021. La sentencia establece que el actor trabajó en relación de dependencia desde el 30/04/2011, en jornada de 8 horas diarias de lunes a viernes, en categoría de mecánico bajo la ley 22.250. La relación fue registrada tardíamente en 2013, pero la prueba testimonial y documental acredita la existencia y las características del vínculo. La causa del despido se atribuyó a conductas imputadas al trabajador, pero la sentencia evidencia que el despido fue injustificado y que las notificaciones de despido y comunicaciones posteriores se perfeccionaron por culpa del empleador al no retirar los telegramas. El tribunal condena a la parte demandada a pagar $654.506,51 en concepto de diferencias salariales de 2019-2020, indemnización por incumplimiento en la entrega de la Libreta de Aportes, sanción por incumplimiento del art. 80 de la Ley de Contrato de Trabajo, y otros conceptos indemnizatorios. Además, declara la inconstitucionalidad del art. 7 de la ley 23.928 y actualiza las sumas por depreciación monetaria según el índice RIPTE, con un interés del 6% anual. La condena total, incluyendo actualización e intereses, asciende a aproximadamente $17.430.751, que deberá depositarse en 10 días de notificada. La sentencia además regula honorarios y costas en favor del actor, y desestima reclamaciones de diferencias salariales de 2021 y otras indemnizaciones no probadas.
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