IBARRA GONZALEZ MARIA JULIETA C/ VERA EMANUEL ALDO Y OTROS S/ DESALOJO (EXCEPTO POR FALTA DE PAGO)
Se homologa el acuerdo de las partes en el expediente por desalojio sin causa, confirmando la conformidad alcanzada y los términos pactados. La Cámara aprueba el acuerdo y dispensa regulación de honorarios hasta que se acompañe la valuación fiscal del inmueble.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Ibarra Gonzalez Maria Julieta, solicitó la homologación de un acuerdo en el proceso de desalojó promovido contra Emanuel Aldo Vera y otros. La Cámara, en fecha 17/07/2025, dispuso homologar el acuerdo presentado, conforme a lo solicitado por las partes y en cumplimiento del art. 308 del CPCC. La resolución indica que "Por presentado en el carácter invocado, por parte y por constituidos los domicilios físico y electrónico indicados", y que "se homologa el acuerdo presentado en autos". Además, establece que "Costas conforme lo pactado" y regula los honorarios para cuando se acompañe la valuación fiscal del inmueble. La decisión se fundamenta en que las partes alcanzaron un acuerdo que satisface los requisitos legales, y la homologación implica la aprobación judicial de dicho acuerdo, con la finalidad de cerrar el proceso en los términos pactados.
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