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MATEU, HUGO ENRIQUE S/ EXTENSION DE QUIEBRA (EN AUTOS HERIE S.A. S/ QUIEBRA)

Rechazo de la extensión de quiebra solicitada por el órgano sindicatura y los herederos de Hugo Mateu. La Cámara confirma la decisión del juez de Primera Instancia, fundamentando que no se acreditaron los requisitos legales para extender la quiebra a los socios y directivos de HERIE S.A.

Caducidad Prescripcion Socios Responsabilidad societaria Administradores Doctrina judicial Extension de quiebra Argentina. Quiebra principal Acciones de responsabilidad

¿Qué se resolvió en el fallo?

El tribunal analiza la solicitud de extensión de quiebra presentada por la sindicatura y los herederos de Hugo Enrique Mateu, en un proceso iniciado en el contexto de una quiebra de HERIE S.A. La sentencia indica que la extensión de la quiebra requiere la existencia de una quiebra principal y la demostración de actos concretos que evidencien responsabilidad de los socios o administradores, en el marco de los supuestos previstos en los arts. 160 y 161 de la Ley 24.522. La jurisprudencia citada establece que la extensión opera automáticamente ante la concurrencia de la declaración de quiebra y la existencia de relación del socio con la sociedad en una determinada relación, sin que sea suficiente la mera negligencia o gestión deficiente. En el caso, no se acreditaron los hechos que justifiquen la extensión: no existen pruebas concretas de fraude, disposición de bienes en provecho propio, actuación en interés personal bajo fachada societaria, ni disposición efectiva de bienes sociales con perjuicio a los acreedores. La sentencia señala que la ley y la doctrina exigen la demostración de estos elementos y que, en el presente, la prueba colectada no alcanza a configurar tales supuestos. Además, se rechaza el planteo de caducidad de la acción por parte de los herederos, dado que no había transcurrido el plazo establecido en la ley. También se descarta la existencia de una causa de nulidad, fraude o simulación. En consecuencia, se confirma la resolución que rechazó la extensión de la quiebra y se imponen las costas a la sindicatura. La decisión se fundamenta en que no se lograron acreditar los elementos esenciales para la procedencia de la extensión, en línea con la normativa y la doctrina vigente. La sentencia también deja establecido que, en caso de futuras acciones, se deberá seguir el trámite adecuado y respetar los plazos legales.

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