TAMBURO, SILVINA SUSANA C/ HOFFER BARRAZA, MARIA PIA S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
La Cámara Civil confirmó la condena a la demandada por daños materiales y perjuicios por colisión de vehículos, fundamentando la responsabilidad objetiva en la naturaleza del daño y la falta de prueba de causa ajena que la exonere. La sentencia rechazó daño moral por falta de acreditación.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora Silvina Susana Tamburo demanda a Maria Pia Hoffer Barraza por daños en su vehículo Honda Fit tras colisión ocurrida el 17-05-2023 en calle Castelli, Buenos Aires. La demandada no se presentó a juicio y fue declarada rebelde, con lo cual se presume su responsabilidad. La responsabilidad se fundamenta en la normativa del Código Civil y Comercial, específicamente en los arts. 1757, 1758, 1769, aplicables a daños causados por cosas riesgosas, y en la declaración del testigo Murano, quien presenció el accidente y confirmó que la demandada conducía el Fiat Palio que colisionó con el vehículo estacionado. La responsabilidad objetiva se atribuye por la naturaleza del hecho y la falta de prueba que demuestre causa ajena. En cuanto a los daños, la sentencia reconoce $462.600 por reparación del vehículo, pero rechaza la indemnización por disminución del valor venal y daño moral por insuficiente prueba de afectación anímica. La privación de uso del vehículo por 58 días fue acreditada y se condena a la demandada a pagar la suma de $862.600 más intereses desde el hecho, con costas a su cargo. La sentencia se fundamenta en la normativa del CCCN sobre responsabilidad objetiva, la prueba testimonial y documental, y la doctrina jurisprudencial sobre daños materiales y daños no patrimoniales.
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