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LEGUIZAMON, ISABEL BONIFACIA S/ DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA

La sentencia mantiene la restricción de capacidad y la designación de apoyos para Isabel Bonifacia Leguizamón, tras revisión basada en informes médicos y sociales que avalan su autonomía en actividades cotidianas y la necesidad de apoyo en actos complejos. La decisión respeta los derechos de la persona en línea con la Convención sobre Personas con Discapacidad.

Discapacidad Incapacidad parcial Derechos humanos Apoyos Autonomia Evaluacion interdisciplinaria Trastorno psicotico Ley 26.994 Revision de capacidad Capacidades juridicas

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demandante, Isabel Bonifacia Leguizamón, y su hija Karina Leguizamón, reclaman la revisión de una sentencia previa que restringía su capacidad y designaba apoyos en virtud de un trastorno psicótico. La resolución del tribunal, tras considerar informes médicos y sociales, mantiene las restricciones y el sistema de apoyo, resaltando que la persona es autónoma en actividades básicas y requiere asistencia en actos complejos. La evaluación médica concluye que la causante presenta un cuadro estabilizado, capaz de comprender y ejercer derechos básicos, pero necesita apoyo en actos de disposición patrimonial. El tribunal fundamenta que la restricción respeta los principios de igualdad, no discriminación y autonomía, en línea con la normativa nacional e internacional, y ordena la revisión en tres años.

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