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CASTRELO DECLEVA, JULIAN AGUSTIN c/ ER LOGISTICA S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó la sentencia y estableció el monto de condena en $893.727,57, confirmando en parte y modificando en parte las resoluciones previas, además de ajustar costas y honorarios en función de las cuestiones resueltas.

Responsabilidad solidaria Responsabilidad societaria Vinculo laboral Despido indirecto Antiguedad Horas extras Ley 25323 Art. 132 bis lct Transferencia societaria Condena economica.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora demandó por despido y reclamó horas extras, antigüedad y otros conceptos laborales.
- La demandada cuestionó la procedencia de la acción, la antigüedad, la metodología de actualización, los rubros en el art. 132 bis de la LCT, y la responsabilidad solidaria del codemandado Rean.
- La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda, reconociendo la continuidad laboral desde 11/12/2015, la transferencia sin reconocimiento de antigüedad, y condenando solidariamente a las sociedades y Rean.
- La Cámara confirmó la existencia de vínculo laboral continuado, rechazó la improcedencia del despido indirecto y la responsabilidad del art. 132 bis, y ajustó el monto de condena a $893.727,57.
- La Cámara también modificó las costas, imponiéndolas en un 30% al actor y 70% a la demandada, y reguló honorarios profesionales en función de las tareas en instancia y en alzada.
- Se rechazaron los reclamos por horas extras por falta de prueba concluyente y se confirmó la responsabilidad solidaria de Rean por actuación societaria desviada. FUNDAMENTOS PRINCIPALES:
- La transferencia entre sociedades sin reconocimiento de antigüedad configuró incumplimiento grave, justificando despido indirecto y la continuidad del vínculo laboral.
- La prueba testimonial y el informe de AFIP acreditaron la vinculación efectiva y la omisión en el ingreso de aportes.
- La omisión registral no constituye falta de tal magnitud que habilite la ruptura del vínculo, pero la transferencia sin reconocimiento de antigüedad sí.
- La intimación al pago en términos vagos no cumplió con los requisitos del art. 132 bis de la LCT, por lo que se rechazó el rubro correspondiente.
- La responsabilidad solidaria de Rean se fundamentó en su participación como socio gerente y en la actuación societaria desviada.
- La pretensión por horas extras se desestimó por falta de prueba suficiente; las inconsistencias en la prueba testimonial impidieron configurar la prestación de horas en forma sistemática y regular.
- La actualización del crédito se ajustó a la jurisprudencia y normativa vigente, estableciéndose en la suma de $893.727,57, más su actualización.

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