FRIAS, JULIO CESAR c/ ART INTERACCION S.A. Y OTRO s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala V confirmó en mayoría la sentencia de primera instancia que hizo lugar parcialmente a la acción por reparación sistémica por accidente laboral, modificando los montos de interés y costas, y aclarando aspectos sobre la responsabilidad del Fondo de Reserva y la actualización de la condena.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, en representación de un trabajador lesionado en accidente "in itinere", impugna la decisión que impuso costas en un 30% al trabajador y en un 70% a los letrados, además de cuestionar la actualización del monto indemnizatorio y las tasas de interés aplicadas. La sentencia de primera instancia dispuso la actualización del crédito mediante IPC y una tasa del 4% anual, con capitalización anual, considerando la inconstitucionalidad de las leyes que prohibieron la indexación. La Cámara revisora analizó los antecedentes jurisprudenciales, incluyendo fallos de la CSJN y la evolución normativa y doctrinaria sobre actualización monetaria y tasas de interés en el ámbito laboral, concluyendo que no corresponde aplicar tasas y métodos que puedan generar licuación del crédito o desproporcionalidad. Se sostuvo que, en las circunstancias actuales, la actualización mediante IPC y una tasa pura del 3% o 6% anual, con una única capitalización, es la metodología más adecuada para evitar efectos inflacionarios y asegurar la razonabilidad. La Cámara también modificó la distribución de costas, ordenando que sean en el orden causado, y reguló honorarios en un 30% de lo regulado en primera instancia. Además, se confirmó la responsabilidad del Fondo de Reserva en la exclusión de costas y gastos causídicos, en línea con el decreto 1022/2017. La decisión se fundamentó en la evolución jurisprudencial y normativa, destacando la importancia de ajustar la actualización y tasas a la realidad económica, respetando los límites constitucionales y la prohibición de indexación.
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