ZORZIN, EDUARDO JAVIER c/ ABB SAU S.A. s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Trabajo confirmó la sentencia que condenó a ABB S.A. a pagar $1.194.145,16 por indemnización y conceptos laborales, tras analizar la improcedencia de ciertas indemnizaciones y la validez de las pruebas aportadas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Eduardo Javier Zorzin contra ABB S.A. por despido y reclamos laborales diversos. El tribunal analizó cuestiones relacionadas con el carácter del cargo de gerente, horas extras, categorización, beneficios y cumplimiento de obligaciones, concluyendo que no se acreditaron hechos que justifiquen las pretensiones del actor, y confirmando la sentencia de grado en todos sus puntos principales, incluyendo la condena económica y las costas.
Fundamentos principales:
- El tribunal afirmó que “el actor era gerente de real estate desde 2009 y fue nombrado Lead Regional para LATAM en 2018, con funciones regionales que incluían varios países”.
- Respecto a la existencia de cambio de tareas y ejercicio abusivo del ius variandi, se sostuvo que “los testimonios no aportaron evidencia objetiva suficiente para evidenciar los hechos sostenidos por la parte actora” y que “el intercambio epistolar y la respuesta de la demandada no demostraron una negativa cerrada a los planteos del trabajador”.
- Sobre la categorización laboral, se concluyó que “el actor era gerente y su remuneración era acorde a ese cargo”, por lo que no correspondía el pago de horas extras.
- En relación con beneficios como telefonía, viáticos, y medicina prepaga, se determinó que “no surge demostrado que el Sr. Zorzin haya utilizado el teléfono móvil con fines personales” y que “los viáticos y la medicina prepaga tenían carácter no remuneratorio o beneficios estándar de la empresa”.
- La demanda de indemnización por art. 80 LCT fue rechazada por no acreditarse la falta de entrega del certificado.
- Se establecieron los montos de condena y se ajustaron los intereses conforme a la doctrina jurisprudencial vigente, con una tasa del IPC y un 3% de interés anual.
- Las costas se distribuyeron en un 80% a cargo del actor y 20% a cargo de la demandada.
- Los honorarios se regularon en UMA, en conformidad con la ley 27.423, en un 45 UMA para la parte actora, 47,41 UMA para la demandada y 11,1 UMA para el perito contador, además del 30% de los honorarios en primera instancia.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: