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GALVAN TOMAS AGUSTIN S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

El juez concede el beneficio de litigar sin gastos a Tomás Agustín Galván, por considerar que no posee bienes ni ingresos suficientes para afrontar los costos del proceso, garantizando así su acceso a la justicia y protección de derechos.

Beneficio de litigar sin gastos Proceso civil Acceso a la justicia Derechos constitucionales Proteccion de derechos Incapacidad economica Exencion de costas Justicia efectiva Prueba de recursos Ministerio fiscal (si fuera mencionado en el analisis).

Quién demanda: No corresponde, dado que la resolución es una concesión de beneficio procesal a Tomás Agustín Galván.

¿A quién se demanda?

No hay una parte demandada específica en esta resolución, sino que se trata de la decisión sobre una solicitud de beneficios procesales.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La solicitud del beneficiario para litigar sin gastos en el expediente "Messore Soledad y otro c/ Consolo Oscar, Sabino y otro s/ daños y perjuicios".

¿Qué se resolvió?

Se concede el beneficio de litigar sin gastos a Tomás Agustín Galván y se lo exime del pago de costas, en virtud de su situación económica, avalada por informes probatorios y la valoración judicial de su capacidad económica. Fundamentos principales de la decisión: "El beneficio de litigar sin gastos responde a la garantía constitucional que posee cualquier individuo de acceder al servicio de justicia en forma eficiente y eficaz, a efectos de ser tutelado en los derechos por los que reclama (art. 18 CN, art. 15 CPBA), encontrándose reglamentado en el art. 78 y sgtes. del Código de rito." "El beneficio de litigar sin gastos es la franquicia que se concede a ciertos justiciables de actuar sin la obligación de hacer frente, total o parcialmente, a las erogaciones incluidas en el concepto de costas, sea en forma definitiva o solamente provisional." "Se trata de generar los mecanismos jurídicos para una accesibilidad real y efectiva, en condiciones de igualdad, para todos los ciudadanos que deban acudir al sistema de justicia para defender sus derechos." "Que con la situación económica, apenas puede vivir. De lo que se deduce que la actora no está en condiciones de afrontar los gastos del juicio." "El análisis de la situación económica del solicitante, acompañado por informes y la valoración judicial, permite concluir que la carencia de recursos justifica la concesión del beneficio, conforme a la jurisprudencia y la normativa vigente." Disidencias: No existen votos disidentes relevantes en el expediente.

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