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GOMEZ NATALIA LORENA C/ LEIVA ADRIAN GASTON Y OTROS S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

La sentencia de primera instancia condenó a los demandados por daños derivados de un accidente de tránsito, ajustando la responsabilidad y la indemnización según las pruebas y principios legales. La Cámara confirmó la condena y el monto indemnizatorio establecido por el tribunal de origen.

Responsabilidad objetiva Dano moral Danos y perjuicios Indemnizacion Incapacidad Actualizacion monetaria Dano material Responsabilidad de la aseguradora Interes compensatorio Accidentes de transito

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Natalia Lorena Gomez, promovió demanda por daños y perjuicios tras un accidente ocurrido el 07/08/2022, reclamando $7.323.494,29, por lesiones, daños materiales, daño moral, psicológico y gastos. La responsabilidad fue atribuida a la parte demandada, Ceferino Leiva, por maniobra imprudente que provocó la colisión con la motocicleta de la actora, y a los responsables del vehículo asegurado. La prueba documental, pericial y testimonial acreditó la causa del siniestro, la responsabilidad del conductor y la existencia de lesiones y daños materiales. La responsabilidad de la aseguradora es solidaria. La sentencia fijó una indemnización total de $20.924.832, actualizada, y aplicó intereses desde el hecho. La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, manteniendo los montos y fundamentos. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: El tribunal analizó la prueba producida, destacando la confesional del conductor Leiva, que admitió haber impactado la motocicleta, y la pericia mecánica que acreditó los daños en el vehículo. Se consideró la responsabilidad objetiva del dueño y guardián del vehículo, según los arts. 1757, 1758 y 1769 del C.C.C.N., por el riesgo creado. La responsabilidad de la aseguradora fue reconocida por la cobertura del siniestro (límites de $23.000.000). La pericia médica determinó una incapacidad del 10% y la pérdida de movilidad, justificando la indemnización por daño físico y psicológico, que fue ajustada en monto según las fórmulas y criterios jurisprudenciales. Se ponderaron la inflación y el contexto económico, declarándose inconstitucional la ley 23.928 en su prohibición de indexación, y actualizando el capital conforme al IPC. La suma definitiva fue de $20.924.832, con intereses desde la fecha del hecho, en línea con la reparación integral del daño, en un contexto inflacionario persistente.

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