NAVARRO CAROLINA ALEJANDRA C/ GILL JUAN MANUEL Y OTRO/A S/RENDICION DE CUENTAS (TRAM. ORDINARIO)
La demanda de rendición de cuentas promovida por herederos y administradores provisorios fue rechazada por el tribunal, por aplicación de la teoría de los actos propios, al considerar que los acuerdos previos y conductas de las partes impiden la pretensión.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La accionante Carolina Alejandra Navarro, en representación del sucesorio de Don Alejandro Julián Gill, demanda a los herederos Juan Manuel Gill y Enrique Gill para que rindan cuentas y depositen sumas correspondientes a arrendamientos de inmuebles heredados en General Gelly y Pergamino, alegando explotación unilateral y negativa a rendir cuentas. La otra parte, Juan Manuel Gill, niega haber ejercido administración sobre los bienes y sostiene que ya no es heredero desde 2009, además de alegar acuerdo de renuncia a acciones. La prueba indica que los demandados ejercieron administración de hecho, celebraron contratos de arrendamiento y que existieron acuerdos que implican renuncias. El tribunal concluye que, por la conducta de las partes, especialmente los acuerdos de renuncia, la pretensión no puede prosperar, aplicando la teoría de los actos propios, y en consecuencia, rechaza ambas demandas de rendición de cuentas con costas.
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