S., M. S. S/ RESTRICCIONES A LA CAPACIDAD
La jueza de familia de Villaguay dictó una sentencia que restringe la capacidad jurídica de una mujer con esquizofrenia paranoide, designando a sus hermanos como apoyos para actos complejos, en línea con normativas internacionales y legislación nacional sobre discapacidad y autonomía.
- Quién demanda: Los hermanos de la Sra. XX XX XX.
¿A quién se demanda?
A la Sra. XX XX XX.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La restricción de su capacidad jurídica en relación con actos complejos, para su protección dado su cuadro de esquizofrenia.
¿Qué se resolvió?
Se restringió la capacidad jurídica de la mujer, de acuerdo con informes interdisciplinarios, y se designaron sus hermanos como apoyos en la toma de decisiones.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El presente trámite de restricción a la capacidad se inició en fecha 05/12/2019, por los hermanos XX XX y XX XX XX, en virtud de su estado mental y físico, y tras evaluación interdisciplinaria que concluyó que la Sra. XX XX XX requiere apoyos en decisiones de mayor complejidad. La legislación vigente y principios internacionales garantizan el respeto a la autonomía y derechos de las personas con discapacidad. La evaluación clínica indica un curso evolutivo crónico, con potencial de recaídas y descompensaciones que ameritan protección jurídica. La designación de apoyos, en este caso los hermanos, cumple con las normativas nacionales e internacionales, promoviendo la autonomía residual y la protección de sus derechos." Disidencia: No se registra disidencia relevante en la resolución.
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