FACCIANO, LUIS EMANUEL S/COMERCIO DE ESTUPEFACIENTES
La Cámara de Gualeguay confirmó la condena de 5 años de prisión efectiva a Luis Emanuel Facciano por comercialización de estupefacientes, rechazando la inconstitucionalidad del artículo 5 inciso c de la ley 23.737 y validando la prueba probatoria recabada en el juicio.
¿Quién es el actor?
Ministerio Público Fiscal
¿A quién se demanda?
Luis Emanuel Facciano
- Objeto de la demanda: Imputación y condena por comercio de estupefacientes
¿Qué se resolvió?
Se ratificó la sentencia condenatoria de 5 años de prisión y multa
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Se acreditó con prueba documental, pericial, testimonios y filmaciones la actividad ilícita del imputado en la venta habitual y en modalidad delivery de cocaína en su domicilio y vía pública, en el período del 15/10/2021 al 18/12/2021. La actividad se sustentó en escuchas telefónicas, elementos secuestrados, declaraciones de compradores y registros fotográficos. La defensa cuestionó la validez de las pruebas, la legalidad de los allanamientos y la inconstitucionalidad del artículo 5 inciso c, pero la Cámara consideró que dichas objeciones son improcedentes por haber sido planteadas extemporáneamente o por carecer de sustento legal. La sentencia refuerza que la prueba recaudada demuestra la habitualidad y finalidad lucrativa de la actividad del imputado, que tenía en su poder dosis fraccionadas, balanza, recortes de nylon, dinero y teléfonos utilizados para coordinar ventas. La Cámara ratificó la condena y rechazó los planteos de inconstitucionalidad, resaltando la gravedad del delito y la proporcionalidad de la pena impuesta.
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