M., O. M. -ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO POR ASCENDIENTE
La Cámara de Gualeguay condenó a M. a 4 años y 6 meses de prisión por abuso sexual simple agravado por su condición de ascendiente. La sentencia confirmó la responsabilidad del imputado y resaltó la gravedad y modalidad del hecho, además del daño psíquico causado a la víctima.
- Quién demanda: El Ministerio Público Fiscal y la víctima, C. M.
- A quién se demanda: O. M. M.
- Qué se reclama: La condena por abuso sexual simple agravado por responsabilidad parental, acreditado en el debate.
- Qué se resolvió: Se declaró la responsabilidad penal del imputado y se lo condenó a 4 años y 6 meses de prisión efectiva, con medidas restrictivas y órdenes complementarias.
Fundamentos: La sentencia argumenta que la materialidad del abuso quedó probada con los testimonios, informes psicológicos y la credibilidad de la víctima, quien describió hechos precisos y coherentes. Se destaca que el relato fue corroborado por familiares y profesionales especializados, sin indicios de simulación o falsedad, y que la modalidad del hecho presenta gravedad media, agravada por el vínculo familiar. Se enfatiza que la prueba demuestra que el hecho ocurrió en un contexto de violencia de género y que la acción penal no está prescripta. Se impone la pena considerando la gravedad, daño psicológico y contexto.
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