M., O. M. -ABUSO SEXUAL SIMPLE AGRAVADO POR HABER SIDO COMETIDO POR ASCENDIENTE
La Cámara de Gualeguay condenó a M. a 4 años y 6 meses de prisión por abuso sexual simple agravado por su condición de ascendiente. La sentencia confirmó la responsabilidad del imputado y resaltó la gravedad y modalidad del hecho, además del daño psíquico causado a la víctima.
- Quién demanda: El Ministerio Público Fiscal y la víctima, C. M.
¿A quién se demanda?
O. M. M.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La condena por abuso sexual simple agravado por responsabilidad parental, acreditado en el debate.
¿Qué se resolvió?
Se declaró la responsabilidad penal del imputado y se lo condenó a 4 años y 6 meses de prisión efectiva, con medidas restrictivas y órdenes complementarias.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia argumenta que la materialidad del abuso quedó probada con los testimonios, informes psicológicos y la credibilidad de la víctima, quien describió hechos precisos y coherentes. Se destaca que el relato fue corroborado por familiares y profesionales especializados, sin indicios de simulación o falsedad, y que la modalidad del hecho presenta gravedad media, agravada por el vínculo familiar. Se enfatiza que la prueba demuestra que el hecho ocurrió en un contexto de violencia de género y que la acción penal no está prescripta. Se impone la pena considerando la gravedad, daño psicológico y contexto.
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