LEGAJO APELACION ART. 247 CPCC AUTOS: GALANTE JULIO DANIEL C/ YANSON FERNANDO - SUMARÍSIMO (EXPTE N° 5633/21) S/ CUADERNILLO APELACION ART 247 CPCC
La Cámara de Gualeguaychú confirmó la sentencia que declaró la insuficiencia patrimonial del empleador y habilitó al Fondo de Garantía a abonar la indemnización por accidente de trabajo, rechazando el recurso de la Superintendencia de Riesgos del Trabajo y confirmando los honorarios regulados.
¿Quién es el actor?
Julio Daniel Galante
- A quien se demanda: Fernando Yanson (empleador) y la Superintendencia de Riesgos del Trabajo (SRt)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Indemnización por accidente de trabajo, declaración de insuficiencia patrimonial del empleador y reconocimiento de honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la insuficiencia patrimonial del empleador, habilitó al Fondo de Garantía a pagar la indemnización de $621.875,04 más intereses, y rechazó el recurso de la SRt. Además, confirmó la regulación de honorarios profesionales a los letrados del actor, considerando que no resultan altos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la sentencia de primera instancia, que declaró la insuficiencia patrimonial del empleador y habilitó al Fondo de Garantía, fue fundada en la insuficiencia de bienes del demandado, valorados en $285.000, que no alcanzan a cubrir la indemnización de $621.875,04 y los intereses de $2.453.483,60. La declaración de inconstitucionalidad del art. 19 inc. 5 del Decreto 334/96, que excluye intereses, fue ratificada por el tribunal, dado que su aplicación desvirtúa la finalidad del régimen de reparación y vulnera derechos constitucionales y convencionales. La jurisprudencia y principios constitucionales, como el art. 14 bis y el principio de progresividad, respaldan la inconstitucionalidad del límite irrazonable. Respecto a los honorarios, la Cámara consideró que estaban dentro de los parámetros arancelarios y que su regulación no resultaba excesiva, por lo que rechazó el recurso de la parte recusante y confirmó la regulación. La mayoría, en ambas cuestiones, coincidió en rechazar los recursos y en confirmar la sentencia, con costas a la parte recurrente.
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