RODRIGUEZ, MAXIMILIANO EMANUEL C/ FRIGORIFICO DE AVES SOYCHU SAICFIA S/ COBRO DE PESOS
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Entre Ríos resolvió hacer lugar parcialmente a la demanda de Leonardo Gustavo Rodríguez contra el Estado Provincial, ordenando el pago de salarios adeudados desde enero de 2012 hasta septiembre de 2013, por tareas realizadas en el ámbito de la salud mental. El tribunal rechazó la pretensión de reconocimiento de estabilidad y daños y perjuicios. La decisión se fundamentó en la existencia de contratos transitorios, la continuidad en tareas sin vínculo laboral formal y en la normativa que regula la contratación temporal en la administración provincial. La jurisprudencia citada sustenta que la relación laboral de Rodríguez, en virtud de contratos por tiempo determinado, carecía de estabilidad constitucional. La sentencia también dispuso la liquidación del monto adeudado y las costas del proceso.
¿Quién es el actor?
Leonardo Gustavo Rodríguez
¿A quién se demanda?
Estado Provincial de Entre Ríos, Ministerio de Salud, Dirección de Salud Mental
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Pago de salarios, reconocimiento de categoría laboral, restablecimiento en su puesto y daños y perjuicios
¿Qué se resolvió?
Se condena al Estado a pagar salarios desde enero de 2012 hasta septiembre de 2013, con intereses y costas, rechazando la indemnización por daños y la estabilidad laboral
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La relación laboral fue por contratos por tiempo determinado, sin adquisición de estabilidad; el trabajo posterior a la finalización contractual no fue acreditado con prueba suficiente; la normativa provincial autoriza la contratación transitoria; la jurisprudencia confirma que el mero transcurso del tiempo no transforma la relación en laboral estable; no se acreditó daño patrimonial, psíquico ni moral, y las planillas de asistencia corroboran el trabajo hasta 2013; la conducta del actor de continuar en tareas sin contrato no implica derecho a pago por trabajos posteriores.
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