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FIOROTTO, JUAN PABLO C/ BAGGIO, ANIBAL ROMÁN S/ ORDINARIO DAÑOS Y PERJUICIOS (TPM iniciado en fecha 07/07/21)

La Cámara de Gualeguaychú desestimó la apelación y confirmó la sentencia que rechazó la demanda por daños y perjuicios en un conflicto de propiedad y uso de inmueble, considerando que la misma fue correcta y que el recurso fue desierto por insuficiencia de agravios.

Danos y perjuicios Responsabilidad civil Recurso de apelacion Desercion del recurso Propiedad Prueba anticipada Intervencion policial Confirmacion sentencia. Responsabilidad del copropietario Interrumpcion ilegal


- Quién demanda: Juan Pablo Fiorotto, Victoria del Rosario Fiorotto, Santiago Osvaldo Fiorotto y Luisa Beatriz Paredes.

¿A quién se demanda?

Aníbal Román Baggio.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Daños y perjuicios derivados de la interrupción ilegal de una campaña agrícola y la usurpación del inmueble, con petición de reparación por daños económicos y personales.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, declarando desierto el recurso de apelación por insuficiencia en las agravios, y ratificó la correcta valoración de la prueba y la inexistencia de conducta antijurídica del demandado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Sala consideró que la sentencia de grado analizó exhaustivamente la prueba, acreditando que Baggio era copropietario del inmueble en el momento de los hechos y que los actores tenían conocimiento de su condición. Se argumentó que los apelantes no lograron demostrar la existencia de un acto ilícito por parte del demandado, ni una conducta que violara derechos. La valoración de la prueba anticipada y las constancias notariales demostraron que Baggio no realizó acciones que justifiquen una reparación. La Cámara sostuvo que los agravios no refutaron los fundamentos de la sentencia y que la crítica del memorial fue genérica y carente de fundamentación concreta. Se concluyó que el recurso debía declararse desierto por insuficiencia de agravios y confirmar la sentencia con costas a los apelantes vencidos. La actuación del letrado Dr. Dearmas fue declarada inoficiosa por insuficiencia de expresión de agravios, en tanto la defensa de los apoderados del demandado fue regular.

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