CARBALLO (3), EVANGELINA PAMELA EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SU HIJO S.C.E.N. C/ INSTITUTO AUTÁRQUICO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS (IOSPER) S/ ACCION DE AMPARO
La sentencia de primera instancia que ordenó la cobertura integral y gratuita del tratamiento terapéutico para el hijo menor de la actora fue confirmada por el tribunal de alzada, rechazando el recurso de la obra social demandada y manteniendo la decisión judicial en favor del amparo. La Cámara sostuvo que la negativa administrativa de la obra social viola derechos constitucionales y convencionales, además de la normativa que protege a las personas con discapacidad, considerando que la conducta de la IOSPER fue arbitraria e ilegítima, pues pretendió limitar la cobertura mediante tramitaciones separadas, en un contexto de continuidad terapéutica indispensable y en función del interés superior del niño. La decisión se fundamentó en que la negación de la cobertura contraviene derechos constitucionales y tratados internacionales ratificados, así como principios de protección a la salud y discapacidad, y que la obra social actuó en forma reiterada en forma ilegítima, vulnerando derechos constitucionales y legales del menor. La sentencia también impuso las costas a la parte vencida, y reguló honorarios en favor del letrado de la actora en la suma de $196.000, adhiriendo a la regulación de honorarios propuesta por el voto del Dr. Carlomagno.
Recurso de apelacion
Discapacidad
Derechos humanos
Derechos constitucionales
Cobertura de salud
Negativa arbitraria
Accion de amparo
Responsabilidad del estado.
Continuidad terapeutica
Ley 9891
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