ECHEVARRIA, VICTOR DANIEL C/ CAMINOS DEL RIO URUGUAY SA DE CONSTRUCCIONES Y CONCESIONES VIALES S/ ORDINARIO ACCIDENTES DE TRANSITO
La Cámara de Entre Ríos confirmó parcialmente la sentencia que condenó a Caminos del Río Uruguay por daños en un siniestro vial, incrementando la suma indemnizatoria por daños y daños psíquicos del actor, y ratificó su responsabilidad objetiva por animales sueltos en ruta.
¿Quién es el actor?
Víctor Daniel Echevarría.
¿A quién se demanda?
Caminos del Río Uruguay S.A. de Construcciones y Concesiones Viales.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños por siniestro vial ocurrido el 8/6/2019, incluyendo daños patrimoniales, lucro cesante, daño moral, incapacidad y desvalorización del vehículo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso del actor, elevando la suma total de la condena a $12.688.895,31 más accesorios, y confirmó la responsabilidad de la demandada en la causa del siniestro, ratificando la responsabilidad objetiva por animales sueltos. La Cámara también aumentó las indemnizaciones por incapacidad y desvalorización, y rechazó los agravios relacionados con otros rubros. Además, confirmó la condena en costas a la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala consideró que la responsabilidad de Caminos del Río es objetiva por la relación de consumo y por incumplimiento de obligaciones de seguridad vial, como la construcción del alambrado previsto en el pliego de licitación. Se resaltó que la responsabilidad no se eximió por la presencia de animales en ruta, ya que la concesionaria tenía la obligación de impedir el acceso y garantizar la seguridad, y que la ocurrencia del siniestro no fue imprevisible. Respecto a los daños, se valoró la prueba pericial que acreditó la incapacidad, la desvalorización del vehículo y el daño psíquico, ajustando las cifras a la fecha de la sentencia. La Cámara también rechazó los agravios sobre otros rubros y la aplicación del artículo 730 del CCC, confirmando la cuantía por daño moral y otros conceptos.
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