LESCANO (2), JORGE HUMBERTO EN NOMBRE Y REPRESENTACIÓN DE SU ESPOSA L., L. S.G. C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS (IOSPER) S/ ACCION DE AMPARO
El Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos confirmó la sentencia que ordenó a IOSPER brindar prestaciones integrales gratuitas a una afiliada con Parkinson, rechazando el recurso de la obra social y sosteniendo la protección constitucional y legal de la discapacidad y la tercera edad.
- Quien demanda: Jorge Humberto Lescano, en representación de su esposa L. S. G., afiliada a IOSPER, por acción de amparo.
- A quién se demanda: Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER).
- Qué se reclama: La cobertura integral y gratuita del tratamiento intensivo de rehabilitación (kinesiología y terapia ocupacional) para su esposa, por patología de Parkinson, desde enero a diciembre de 2024.
- Qué se resolvió: El tribunal confirmó la sentencia de primera instancia que ordenó a IOSPER brindar la prestación en modalidad integral, sin costos y en plazo de cinco días, y rechazó el recurso de la obra social.
- Fundamentos principales:
"La conducta de IOSPER al negar la cobertura, pese a la existencia de documentación médica suficiente y antecedentes de pronunciamientos favorables, constituye una negativa ilegítima que vulnera derechos constitucionales y convencionales. La acción de amparo es procedente, y la protección de derechos a la salud y la dignidad de la persona con discapacidad y en tercera edad prevalece sobre la vía administrativa."
"El informe médico forense avala la necesidad de las prestaciones y su pronta provisión, y la jurisprudencia ha flexibilizado los plazos para garantizar el acceso a salud."
"La negativa burocrática y tardía del IOSPER afecta derechos constitucionales y viola el deber de brindar prestaciones en forma inmediata y efectiva."
"Se imponen las costas a la parte demandada vencida y se regula honorarios del letrado de la parte actora en un 40% de los fijados en primera instancia."
No hubo disidencias relevantes, y se confirmó la sentencia de grado.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: