LIMA, JUAN MARCELO C/ PUIG CONSTRUCCIONES SRL S/ MEDIDA CAUTELAR EMBARGO PREVENTIVO
La Cámara de Paraná confirmó parcialmente la sentencia y modificó la liquidación de la deuda en un contrato de construcción. La resolución aplicó interés del Banco Nación desde la fecha de la pericia y ajustó las costas en consecuencia, garantizando la tutela del consumidor y el equilibrio contractual.
- Quién demanda: Juan Marcelo Lima
¿A quién se demanda?
Puig Construcciones SRL
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Revisión del contrato, daños y perjuicios por $4.000.000
¿Qué se resolvió?
Se rechazaron recursos de ambas partes en relación a la liquidación, pero se hizo lugar parcialmente al recurso de la actora y se modificó la liquidación de la deuda y las costas.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La cláusula segunda del contrato, especialmente desde el tercer párrafo, resulta sumamente ambigua y difícil de armonizar con la economía del contrato, lo que vulnera la protección del consumidor (art. 8bis y 37 Ley 24.240). La interpretación debe favorecer al consumidor, por lo que se rechazó la aplicación del interés del 40% pactado y se aceptó la actualización con interés del Banco Nación desde la pericia, en línea con la protección del equilibrio contractual y la tutela de los derechos del actor. La cuantificación del daño material se ajustó a la valoración de la propiedad en su estado actual, considerando humedades y deterioros." Disidencia: Votos en disidencia respecto de la validez de la cláusula y la aplicación del interés, pero sin votos diferenciados expresamente en la sentencia.
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