NUEVO BANCO DE ENTRE RÍOS SA C/ SCHNEIDER, RODRIGO MARTÍN S/ MONITORIO EJECUTIVO
La Cámara de Entre Ríos confirmó la sentencia que rechazó la morigeración de intereses en un proceso ejecutivo, manteniendo la validez de la tasa pactada y la capitalización semestral, y rechazando la apelación de la parte ejecutada.
- Quién demanda: Nuevo Banco de Entre Ríos S.A.
¿A quién se demanda?
Carlos Alberto De Rossi
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución por deuda y rechazo de la morigeración de intereses solicitada por el ejecutado.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la decisión de primera instancia, rechazando el recurso de apelación y manteniendo la validez de la tasa de interés pactada y la capitalización semestral de intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"En este punto además hay que tener presente, como lo hacía notar cierto sector de la doctrina, que el interés punitorio es, cualitativa y cuantitativamente, algo más que un mero interés moratorio pactado, puesto que se debe asociar a la noción de una pena privada, de una sanción por medio de la imposición de intereses agravados (Ameal en Código Civil y leyes complementarias, en Belluscio
- Zannoni, Astrea, Buenos Aires, 2004, T. 3º, p. 123). Y desde esta perspectiva, se trata de una verdadera cláusula penal — conforme ahora surge expresamente de la remisión que hace el art. 769 del CCCN — cuya específica finalidad también debe ser tenida en cuenta a la hora de ponderar la existencia de abusividad."
"la ley es clara, la facultad de los jueces de reducir los intereses procede cuando la tasa fijada o el resultado que provoque la capitalización de intereses excede sin justificación, y desproporcionadamente, el costo medio del dinero para deudores en operaciones similares en el lugar donde se contrajo la obligación, lo que descarta el análisis en abstracto y sin consideración de todas las variables que hacen a la operatoria que vinculó a las partes — v.gr.: costo del dinero, rentabilidad, tiempo de la mora, etc."
No se registran votos disidentes relevantes.
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