M., C. G. S-ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL S/ RECURSO DE CASACIÓN
La Cámara de Paraná revoca la suspensión de homologación de acuerdo de mediación en proceso de alimentos entre un progenitor y un hijo mayor de edad, y ordena la comunicación del nuevo porcentaje de cuota alimentaria al empleador del obligado, considerando que el acuerdo fue válido y vinculante.
- Quién demanda: M., C. G. (en representación de su hijo mayor de edad)
¿A quién se demanda?
M. D. H. S.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La homologación del acuerdo alcanzado en mediación para modificar la cuota alimentaria.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revoca la decisión que suspendió la homologación del acuerdo, ordenando que se comunique al empleador del obligado el nuevo porcentaje del 15% de los ingresos, y que se disponga su cumplimiento efectivo sin necesidad de homologación adicional.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El acuerdo de mediación prejudicial es vinculante para las partes y por sí mismo ejecutorio, en los supuestos en que no involucra intereses de menores de edad o personas con capacidad restringida." "El acuerdo, establecido entre personas adultas y capaces, no requería homologación alguna para su validez, ya que la cuantificación de la obligación alimentaria entre parientes adultos y capaces no está sujeta a homologación." "La revisión del acuerdo podrá lograrse mediante un nuevo acuerdo o por incidente de aumento de cuota, garantizando el derecho de defensa." "Las costas de alzada se imponen por su orden, dado que la tramitación indebida generó una litis innecesaria." La resolución sostiene que la normal tramitación y cumplimiento del acuerdo en mediación familiar, en estos casos, no requiere homologación judicial adicional, y que la comunicación al empleador es suficiente para garantizar el cumplimiento del pacto. La decisión también subraya que la intervención judicial debe limitarse a garantizar la validez del acuerdo y su ejecución efectiva.
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