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ESCUDERO, JORGE GABRIEL C/ PREVENCION ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO

La Cámara de Gualeguaychú revoca la resolución de primera instancia y declara la competencia del Juzgado del Trabajo de Gualeguay para entender en la causa, considerando que la normativa cuestionada es inconstitucional, garantizando el acceso irrestricto a la justicia del trabajador.

Recurso de apelacion Inconstitucionalidad Acceso a la justicia Derechos constitucionales Comisiones medicas Jurisdiccion Derechos laborales Ley 27.348 Competencia tribunal laboral Accidento de trabajo

¿Qué se resolvió en el fallo?

La demanda fue promovida por Jorge Gabriel Escudero contra Prevención ART S.A. reclamando prestaciones dinerarias por incapacidad laboral tras un accidente de trabajo ocurrido el 17 de julio de 2020. La primera instancia desestimó los planteos constitucionales del actor y declaró la incompetencia del tribunal, remitiendo la causa a la Comisión Médica. La Cámara, tras analizar la constitucionalidad de las normas que establecen la instancia previa ante comisiones médicas, revoca esa decisión y sostiene la competencia del juzgado laboral, argumentando que la normativa en cuestión vulnera derechos constitucionales y principios de razonabilidad y debido proceso. La mayoría de los jueces coinciden en que las normas que imponen una instancia previa obligatoria y excluyente a cargo de órganos médicos son inconstitucionales, pues cercenan el acceso a la justicia y vulneran el principio del juez natural. La sentencia también destaca que la jurisprudencia de la Corte Suprema y del Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos respalda la postura de inconstitucionalidad, reafirmando la competencia de los tribunales laborales.

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