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ROMERO, LUCIANO GABRIEL S-ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL AGRAVADO S/ RECURSO DE CASACION

La Cámara de Gualeguaychú confirmó la sentencia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Resolución Nº 1039/2019 de la SSN y condenó al IAPSER a abonar más de 12 millones de pesos por accidente de trabajo. La resolución apoya la declaración de inconstitucionalidad y la indemnización basada en la pericia médica.

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- Quién demanda: Gloria Raquel Romero

¿A quién se demanda?

Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos (IAPSER)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por accidente de trabajo y declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 de la Resolución Nº 1039/2019 de la SSN que regula la liquidación de prestaciones.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Resolución y condenó a IAPSER a pagar la suma de 12.067.667 pesos, en base a la incapacidad del 35,8% determinada por peritos médicos.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal sostuvo que la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Resolución Nº 1039/2019 de la SSN es válida, ya que esta norma viola principios constitucionales, en particular el derecho de propiedad y la progresividad de la ley. La sentencia de primera instancia aplicó correctamente la doctrina del fallo “Crettaz” del STJER, que establece que la actualización del ingreso base y los intereses deben ajustarse a parámetros que no vulneren derechos constitucionales. La pericia médica evidenció la relación causal entre las tareas laborales y la patología de la actora, fundamentando la indemnización. La apelación del IAPSER fue rechazada por no presentar agravios suficientes y por mantener la constitucionalidad de la normativa aplicada. La Cámara también confirmó la tasa de interés del 12% anual, considerando que compensa el tiempo transcurrido desde el siniestro, y rechazó los argumentos que cuestionaban la constitucionalidad del decreto 669/19, por considerar que el análisis de la norma debe hacer en función del interés del trabajador, y no de su formalidad.

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