MINOZZI LUIS HECTOR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de Córdoba revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y decide aplicar la Ley 27.541 para la movilidad del haber previsional, confirmando en todo lo demás la decisión anterior y ordenando las costas a la parte demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte demandada apeló por cuestionar las pautas para determinar el haber inicial y la movilidad, proponiendo la aplicación del índice combinado dispuesto en la Ley 27.260 y otras normas, en reemplazo del criterio establecido por la Corte Suprema en “Elliff”.
- La parte actora apeló solicitando la utilización del índice ISBIC para la actualización de la PBU, y la declaración de inconstitucionalidad de la Ley 27.541 y sus decretos.
- La Cámara recordó que ya había confirmado la aplicación del precedente “Elliff” y la utilización del índice ISBIC para la actualización del haber inicial, y que en análisis reciente se había ratificado la constitucionalidad de la Ley 27.541, por lo que rechazó los agravios de ambas partes en estos aspectos.
- La Cámara revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y aplicó la Ley 27.541 para la movilidad del haber previsional, en línea con precedentes recientes, y ordenó las costas a la demandada en primera instancia y en la alzada.
- Respecto a las costas, se dispuso que las mismas sean en el orden causado, conforme a la normativa aplicable, y se regulan honorarios en un 30% de lo que oportunamente se estime en la instancia de grado.
- Se confirma la sentencia en todo lo demás, incluyendo la decisión sobre la constitucionalidad de la Ley 27.541 y la aplicación del índice ISBIC en la etapa de liquidación.
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