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Recurso Queja Nº 56 - DENUNCIADO: TRANS PASI S.A. Y OTROS s/INFRACCION ART. 303 DENUNCIANTE: PROCELAC Y OTRO

La Cámara Federal de Casación Penal rechazó la queja por recurso de casación denegado en causa por procesamiento y medidas cautelares en trámite contra Pablo Alejandro Asensio. La decisión confirma la inadmisibilidad del recurso por no acreditar agravios fundados y mantiene la decisión de la Cámara Federal de Apelaciones en lo Penal Económico.

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- Quién demanda: Pablo Alejandro Asensio, por recurso de queja contra la denegatoria del recurso de casación.

¿A quién se demanda?

Cámara Federal de Apelaciones en lo Penal Económico, en resolución que confirmó la decisión de procesamiento y embargo.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

La admisibilidad del recurso de casación, alegando violaciones en la decisión que confirmó el procesamiento y las medidas cautelares.

¿Qué se resolvió?

La Sala de Casación Penal rechazó la queja, afirmando que la parte recurrente no logró refutar la falta de presupuesto objetivo de admisibilidad del recurso, y que las decisiones sobre medidas cautelares no constituyen sentencia definitiva susceptible de recurso de casación, conforme doctrina del tribunal superior y jurisprudencia consolidada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La parte recurrente no logra refutar de forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que señaló la cámara de apelaciones como objeción al recurso de casación presentado. La Corte Suprema de Justicia de la Nación ha establecido que no constituyen pronunciamientos definitivos las decisiones cuya consecuencia sea la obligación del imputado de continuar sometido a proceso criminal, ya que no ponen fin al pleito ni ocasionan un gravamen de imposible, tardía o insuficiente reparación ulterior (Fallos: 248:661, 296:552, 305:1344). Asimismo, las decisiones relacionadas a medidas cautelares no constituyen en principio sentencia definitiva y, en ese sentido, no son susceptibles de recurso de casación (cfr. causa n° 3308/2009/30/RH6, “Jaime, Ricardo y otros”, entre otros). Por ello, corresponde rechazar la queja y confirmar la decisión de la instancia inferior."
- Disidencias: No se registran disidencias relevantes; los votos coinciden en rechazar la queja.

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