Recurso Queja Nº 55 - DENUNCIADO: TRANS PASI S.A. Y OTROS s/INFRACCION ART. 303 DENUNCIANTE: PROCELAC Y OTRO
La Cámara Federal de Casación Penal confirmó el recurso de casación y declaró la atipicidad del hecho, sobreseyendo a Alejandro Sied por inexistencia de delito, tras analizar las modificaciones normativas y la inexistencia de adecuación típica evidente en los hechos imputados.
¿Quién es el actor?
La defensa de Alejandro Javier Sied
¿A quién se demanda?
La Fiscalía y el Tribunal de origen
- Objeto de la demanda: Recurso de casación contra la decisión que rechazó la excepción de falta de acción por inexistencia de delito
- Decisión del tribunal: La Cámara Casatoria hizo lugar al recurso, casó la resolución recurrida, y sobreseyó a Sied por inexistencia de delito, considerando que las modificaciones normativas posteriores eliminan la relevancia típica de los hechos imputados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la decisión recurrida presentaba vicios de fundamentación, ya que no respondía adecuadamente a los planteos de la defensa, omitiendo el análisis de cuestiones clave relativas a la atipicidad de los hechos. Se recordó que la excepción de falta de acción procede en casos en los cuales la conducta no encuadra en ninguna figura penal de modo manifiesto y evidente, lo cual no ocurrió en el presente caso. Asimismo, se resaltó que, a partir de las modificaciones normativas recientes, la conducta imputada carece de relevancia típica, pues las restricciones que motivaron la imputación fueron derogadas y las nuevas normas permiten la circulación de divisas sin restricciones. La jurisprudencia y los principios constitucionales de legalidad y non reformatio in peius sustentan que no procede seguir con el proceso ante la inexistencia de delito, por lo que se ordenó el sobreseimiento.
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