LOPEZ, ROMINA MARIBEL c/ CLINICA PRIVADA SAN ANDRES S.A. Y OTROS s/DESPIDO
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la acción por despido y ajustó el monto de condena a $1.832.409,97, asimismo ratificó las costas y reguló honorarios en función de los resultados del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La acción fue promovida por Romina Maribel López contra la Clínica Privada San Andrés S.A. y otros, reclamando indemnizaciones por despido y otras sumas laborales. La sentencia de grado hizo lugar a la demanda y condenó a la demandada a pagar la suma de $1.832.409,97. La Cámara confirmó esa decisión y ajustó el monto en función del análisis de la prescripción, actualización de créditos, y otros agravios relacionados con la validez de las multas y sanciones. Los fundamentos principales se basan en: 1) que la prescripción de los reclamos salariales anteriores a abril de 2019 fue correcta, y se admitieron diferencias posteriores a esa fecha; 2) que la actualización de los créditos laborales se realizó conforme a los criterios de la CSJN y la jurisprudencia vigente; 3) que los agravios sobre la sanción prevista en el art. 132 bis de la LCT carecen de fundamento, ya que la intimación no fue concretada y el beneficio de litigar sin gastos no fue solicitado formalmente; 4) que la obligación de entregar certificados de trabajo y la imposición de astreintes deben ser confirmadas, aunque con limitaciones temporales, y 5) que la responsabilidad de los herederos Hernán y Dante Surachi fue correctamente atribuida en función de la sucesión. Se aclaró que la normativa de actualización y las multas tienen respaldo en la ley y la jurisprudencia, y que la responsabilidad de los herederos se mantiene en los términos del proceso sucesorio.
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