Logo

AGUERO, JUAN EDUARDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala II, resolvió confirmar la sentencia de primera instancia que declaró desierto el recurso del actor, y en segunda instancia, rechazó los agravios, manteniendo la decisión de no reconocimiento de incapacidad laboral derivada del accidente del 08/08/2024, por considerar que no se presentó una crítica concreta y razonada del dictamen médico, y que el recurso no cumplía con los requisitos procesales para su revisión. La Sala enfatizó que la revisión judicial requiere una crítica específica y fundada, y que en este caso, la impugnación del actor no cumplió con ese requisito, por lo que se confirmó la resolución de grado y las costas en el orden en que fueron impuestas.

Incapacidad laboral Apelacion Revision judicial Comision medica Derecho del trabajo Recurso sin critica razonada


¿Quién es el actor?

Juan Eduardo Agüero

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Revisión de la declaración de desierto del recurso y reconocimiento de incapacidad laboral por accidente del 08/08/2024.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la decisión de grado y rechazó el recurso de apelación, considerando que no se presentó una crítica concreta y razonada del dictamen médico, y que las impugnaciones del actor no cumplían con los requisitos procesales para su análisis en esta instancia. La Sala destacó que el sistema requiere una crítica específica y fundada para habilitar la revisión judicial y que la mera disconformidad subjetiva no es suficiente. También se confirmó la imposición de costas en ambas instancias.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En lo que respecta a la incapacidad psicológica, el apelante sostuvo que la misma no fue correctamente evaluada y que no se realizaron estudios psicodiagnósticos. Entiendo que le asiste razón, por cuanto ninguna mención se realiza en el dictamen médico ni existe constancia alguna de evaluación. Además, siendo que el fundamento de la sentencia de grado para descartar el reclamo en tal aspecto fue que un reclamo de esa índole no fue introducido en el formulario de inicio de las actuaciones administrativas, cabe señalar, en contraposición con la actitud asumida al respecto por la sentenciante de la anterior instancia, esta Sala ha sostenido reiteradamente que la circunstancia de que el actor no hubiera denunciado ante la instancia administrativa la existencia de patologías psíquicas, no obstaculizaría -por sí misma
- su análisis, dado que cuando la persona trabajadora insta el procedimiento ante las comisiones médicas, reclama el reconocimiento de la integralidad de las derivaciones dañosas de un evento comprendido en las previsiones del artículo 6° de la ley 24.557, ya sean estas incapacidades definitivas físicas, psíquicas o ambas."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar