Logo

MARTINEZ CHATIN MARGARITA JULIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la constitucionalidad de las normas impugnadas y la validez de la sentencia de grado en un caso de reajustes previsionales, manteniendo la decisión del tribunal de primera instancia y las costas a la parte demandada.

Intereses Costas Prescripcion Inconstitucionalidad Csjn Reajustes previsionales Ley 27.423 Ley 24.463 Sentencia de camara. Topes en haberes


- Quién demanda: Margarita Julia Martinez Chatin

¿A quién se demanda?

ANSES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes varios en su beneficio, considerando inconstitucionalidades en la normativa, y en particular, cuestionamientos sobre la aplicación de topes en los haberes previsionales y la prescripción de los derechos.

¿Qué se resolvió?

Se confirma la sentencia de primera instancia en todos sus términos, rechazando los agravios del organismo previsional y de la parte actora, manteniendo la constitucionalidad de los arts. 9 de la Ley 24.463 y 14 punto 2) de la Resolución S.S.S. 6/09, y confirmando la prescripción bienal. Se ordenan costas a la demandada y se regula honorarios en el 30% de lo establecido en instancia anterior.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Resulta comprobado el perjuicio concreto que ocasionó la aplicación del sistema de topes durante los períodos a que se refieren los agravios del organismo previsional, en medida tal que la merma del haber resulte confiscatoria de acuerdo con la doctrina del Tribunal de Fallos: 307:1985; 312:194, entre muchos otros." "Se declara la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes sobre el haber previsional del actor genera una quita superior al 15% –límite de confiscatoriedad establecido por el Alto Tribunal." "Sobre la prescripción, se confirma la que fue dispuesta en la instancia de grado, en virtud de la doctrina de la CSJN en los autos 'Jaroslavsky, Bernardo' y 'Miralles, Enrique', que fijan términos de prescripción específicos para las deudas de los entes previsionales." "Respecto de los intereses, deberán calcularse desde que cada suma fuere debida y hasta su efectivo pago, conforme la tasa pasiva promedio mensual publicada por el Banco Central de la República Argentina." "Toda vez que la sentencia se dictó en vigencia de la Ley 27.423, en el marco de la doctrina de la CSJN en autos 'Morales Blanca Azucena', se rechaza el agravio y se confirma la imposición de costas a la demandada."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar