ROCHA, CARLOS WALTER C/ KUNZI, EVELYN ESTHER Y LOPEZ, JESUS RUBEN S / COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACION LABORAL S/ SENTENCIAS DEFINITIVAS ORDINARIO
La Cámara de Apelaciones del Trabajo de Entre Ríos confirmó la sentencia que condenó a las partes en el proceso por despido injustificado y otros rubros, rechazando los agravios del recurrente y manteniendo la decisión de primera instancia.
- Quién demanda: Carlos Walter Rocha.
¿A quién se demanda?
Evelyn Esther Kunzi y Jesús Rubén López.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobro de pesos, entrega de certificación laboral, indemnización por despido y otros rubros.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que condenó a las demandadas a pagar los rubros reclamados, rechazando los recursos de apelación por considerar que los agravios no estaban suficientemente fundados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara analizó la procedencia del despido por causal, señalando que la reacción de la empleadora fue extemporánea, pues el despido se realizó más de un mes después del hecho, y no se acreditó la gravedad suficiente para justificar la ruptura inmediata del vínculo. Se evaluó la prueba testimonial, que confirmó la agresión del actor, pero se concluyó que la reacción fue tardía y no proporcional. En cuanto a la responsabilidad solidaria, se sostuvo que ambos codemandados explotaban conjuntamente el establecimiento, y que la declaración expresa de la empleadora en la contestación de demanda constituía reconocimiento suficiente para la condena solidaria. Respecto a los rubros indemnizatorios, diferencias salariales y multas, la Cámara consideró que no se acreditaron vicios en el proceso ni vicios constitucionales, y que los agravios no lograron fundar la inconstitucionalidad alegada. En relación a la inconstitucionalidad del decreto 34/19, la Cámara sostuvo que la parte no probó de qué modo la norma violaba derechos constitucionales, y que la invocación era genérica y sin sustento concreto. La Cámara además, rechazó los agravios referidos a diferencias salariales, multas y honorarios, ratificando los porcentajes y fundamentos del fallo de primera instancia.
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