CERVIN, CARLOS JOSÉ - HOMICIDIO AGRAVADO POR EL VÍNCULO EN TENTATIVA - SENTENCIA ABSOLUTORIA - JUICIOS POR JURADOS S/IMPUGNACIÓN EXTRAORDINARIA
La Cámara de Casación Penal confirmó la sentencia absolutoria en juicio por jurados en un caso de homicidio en tentativa, rechazando el recurso extraordinario del Ministerio Público Fiscal y sosteniendo la constitucionalidad y legalidad del sistema de doble instancia.
- Quien demanda (Actor): Ministerio Público Fiscal de Entre Ríos, en representación del Estado y en conjunto con la víctima D.L.H.
Demandado: Tribunal de Juicio por Jurados y la norma que limita la impugnabilidad del veredicto absolutorio (art. 89 de la Ley 10.746).
Objeto: La declaración de inconstitucionalidad del art. 89 de la Ley 10.746 y la apertura del recurso de casación contra la sentencia absolutoria, argumentando que viola derechos constitucionales y tratados internacionales, en particular el derecho a la doble instancia y tutela judicial efectiva.
¿Qué se resolvió?
La Cámara de Casación rechazó el recurso y confirmó la sentencia absolutoria, argumentando que la norma impugnada es constitucional, que la ley regula adecuadamente el sistema de juicio por jurados, y que no existe violación de derechos humanos o constitucionales. Además, declaró las costas de oficio y no reguló honorarios por no haberse solicitado expresamente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La declaración de inconstitucionalidad de una norma constituye un acto de suma gravedad institucional que debe ser considerado como última ratio del orden jurídico. La norma impugnada no aparece manifiestamente contraria a la Constitución, y la limitación del recurso de impugnación en los juicios por jurados responde a la naturaleza del sistema, que busca garantizar la soberanía popular y la legitimidad del veredicto. La jurisprudencia nacional e internacional avala la constitucionalidad de las reglas que limitan la vía recursiva en este contexto, y no existe evidencia de arbitrariedad o vulneración de derechos fundamentales que justifique su revisión."
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