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DOTTO, JULIETA ANAHÍ C/ ANGELICO, JORGE ALBERTO Y OTRA S/ COBRO DE PESOS

La Cámara de Gualeguaychú confirmó la sentencia que rechazó la reclamo por despido discriminatorio por embarazo. La mayoría consideró que no se acreditó que el empleador tuviera conocimiento del embarazo al momento del despido y valoró la prueba en ese sentido.

Recurso de apelacion Prueba testimonial Valoracion de la prueba Notificacion fehaciente Embarazo Responsabilidad laboral Despido discriminatorio Confirma sentencia Camara de gualeguaychu Indemnizacion art. 182 lct


- Quién demanda: Julieta Anahí Dotto

¿A quién se demanda?

Angelico Jorge Alberto y Electrónica Megatone S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Despido discriminatorio por embarazo y indemnización prevista en el art. 182 de la LCT.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por falta de acreditación del conocimiento del embarazo por parte del empleador.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La jueza de primera instancia valoró que no se acreditó la notificación fehaciente del embarazo ni que el empleador tuviera conocimiento de él al momento del despido, ya que el certificado médico se presentó con dos meses y medio de atraso y la gestación era incipiente (4 semanas). Además, la prueba testimonial no acreditó que el empleador hubiera sido informado del embarazo antes del despido. La Cámara comparte estos fundamentos y concluye que no se probó la discriminación.

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