C., A. B. Y L. M. J. S/ GUARDA JUDICIAL
La Cámara de Paraná confirmó la decisión que otorgó la tutela a los abuelos paternos y suspendió la proceso de revinculación con la madre, priorizando el interés superior de las menores, tras analizar informes técnicos y la opinión de las niñas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La parte actora, la progenitora, demanda la revinculación con sus hijas menores, alegando que la decisión de suspender el proceso de revinculación es arbitraria y que no se consideraron informes técnicos que señalaban posibles manipulaciones y abusos.
- La resolución del 21/03/2023 otorgó la tutela a los abuelos paternos y suspendió la vinculación, basándose en informes de profesionales, la opinión de las niñas y el interés superior de las menores.
- La progenitora argumenta que la decisión es injusta, que sus derechos y la posibilidad de reanudar la vínculo con sus hijas han sido vulnerados, y que la conducta de terceros y la obstaculización familiar han impedido la revinculación.
- Los defensores y tutores ratificaron la decisión, destacando que la voluntad de las menores, expresada en diversas ocasiones, fue priorizada y que los informes técnicos respaldan la suspensión.
- La Cámara concluyó que la decisión fue fundada en un análisis integral de informes, la opinión de las menores y el interés superior, y que la negativa a mantener la vinculación no es prohibitiva, sino que requiere un abordaje diferente, con terapias y esfuerzos adicionales.
- La revisión del recurso concluyó que la resolución no fue arbitraria ni vulneró derechos, sino que se ajustó a las constancias del expediente y al interés superior de las menores, por lo que se confirmó la decisión de primera instancia.
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