MIÑO, YANINA JACQUELINE Y OTROS C/CUEVAS JUAN LEOPOLDO Y OTRO S/ORDINARIO ACCIDENTES DE TRANSITO
La Cámara de Paraná rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia que desestimó la demanda por responsabilidad en un accidente de tránsito. La decisión se fundamentó en la falta de prueba suficiente y en la culpa del motociclista por no respetar las prioridades de tránsito.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demanda fue promovida por Yanina Jacqueline Miño, Héctor Horacio Miño y Gerónima Beatriz Miño contra Juan Leopoldo Cuevas y el Instituto Autárquico Provincial del Seguro de Entre Ríos, por daños derivados de un accidente ocurrido el 10 de abril de 2018.
- El actor Héctor Horacio Miño no fue considerado parte activa por falta de demostración de daño propio y por no cumplir con la exposición de hechos que sustenten su reclamo. La sentencia de primera instancia rechazó la demanda en su contra, considerando que no acreditó su participación ni daños específicos.
- La parte recurrente alegó error en la valoración de las pruebas y criticó la mecánica del accidente, argumentando que la responsabilidad recae sobre la camioneta por exceso de velocidad y omisión de frenar en la maniobra de giro.
- La Cámara sostuvo que la sentencia fue correcta en base a la valoración de las pruebas y la falta de demostración del daño del actor Héctor Horacio Miño. Además, reiteró que la maniobra de giro en una calle en forma de "T" exige precaución, que no fue respetada. La apelación fue rechazada y se confirmaron los fundamentos de la sentencia.
- Se impusieron costas a la parte apelante y se reguló honorarios.
- La decisión se fundamentó en que la responsabilidad del accidente recayó en la imprudencia del motociclista, quien no respetó las reglas de prioridad de tránsito, y en que no se probó la participación activa del actor en el daño.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: