S., J. R. S- RESTRICCIONES A LA CAPACIDAD S/INCIDENTE NULIDAD
La sentencia declaró la nulidad de la donación del inmueble firmada por J R S debido a su discapacidad mental congénita y la valoración de su vulnerabilidad, ordenando la restitución del bien y la protección de sus derechos patrimoniales.
- Quién demanda: J R S, con apoyo de V G H.
¿A quién se demanda?
J L S.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
nulidad del acto de donación del inmueble realizado en 2015, por estar vulnerado por su discapacidad mental y error sobre las consecuencias del acto.
¿Qué se resolvió?
Se declara la nulidad total de la donación y se ordena la restitución del inmueble a J R S.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Al no haberse presentado el demandado a ejercer su derecho de Defensa ha consentido todo lo demandado. La evaluación médica y psicológica demuestra que J R S no podía comprender los alcances de la donación, debido a su discapacidad congénita. La normativa vigente y la doctrina consolidada indican que los actos realizados por personas en situación de incapacidad natural, sin autorización judicial, son nulos si causan perjuicio y se realizaron sin discernimiento suficiente." "El acto de disposición realizado por J R S, en estas circunstancias, vulnera su protección constitucional y convencional, y la ley establece la nulidad de estos actos cuando hay un daño evidente a la persona en situación de vulnerabilidad." "En consecuencia, la acción promovida debe prosperar, y se declara la nulidad de la donación para resguardar los derechos patrimoniales del discapacitado."
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