TROSMAN, GUSTAVO ALBERTO C/RESOLUCIÓN DEL HONORABLE TRIBUNAL DE DISCIPLINA DEL CAER DE FECHA 20/05/2021 - RECURSO DE NULIDAD Y APELACION
La Sala del Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos confirmó la sanción de multa de cinco jus al abogado Gustavo Alberto Trosman por incumplimiento de normas éticas en la recusación planteada, considerando que la conducta del profesional violó la normativa del Colegio de Abogados.
Actor: Gustavo Alberto Trosman (el profesional sancionado) Demandado: Honorable Tribunal de Disciplina del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos Objeto: Recurso de nulidad y apelación contra la resolución que lo sancionó con multa de cinco jus Decisión: Se rechaza el recurso y se confirma la sanción
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia señala que "la conducta objeto de censura por parte del órgano disciplinario del Colegio de la Abogacía de Entre Ríos, ha sido la conducta del profesional en la inobservancia del adecuado cumplimiento de las obligaciones de probidad, lealtad, buena fe, veracidad y de no realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita administración de la justicia". Además, se concluye que "su obrar frente a la recusación planteada, debió referir en el momento procesal oportuno, cuáles eran los argumentos concretos que motivaban la recusación propuesta, lo que resultó de indudable existencia de las violaciones normativas que se le endilgan". La Cámara afirma que "los agravios esgrimidos por el recurrente no se erigen como suficientes a fin de dejar sin efecto el decisorio combatido", y que "el procedimiento desarrollado no posee vicios invalidantes", ratificando la sanción impuesta.
- Se destaca que "el comportamiento del profesional en la inobservancia del adecuado cumplimiento de las obligaciones de probidad, lealtad, buena fe, veracidad y de no realizar acto alguno que estorbe la buena y expedita administración de la justicia" fue correctamente sancionado, y que "el decisorio dictado por el Honorable Tribunal de Disciplina ... está suficientemente motivado, basándose en el hecho imputado, y ha sido dictado con sustento en la normativa".
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