GRANERO, ROBERTO JAVIER Y OTROS C/ CONSEJO GENERAL DE EDUCACIÓN DE ENTRE RIOS S/ ORDINARIO COBRO DE PESOS
La Cámara Segunda de Paraná confirmó la sentencia que condenó al Consejo General de Educación (CGE) por intereses moratorios en alquileres vencidos tras el vencimiento del contrato de locación, rechazando la apelación y manteniendo la condena en base a la interpretación del contrato y la normativa aplicable.
- Quién demanda: Roberto Javier Granero y otros (actores)
- A quién se demanda: Consejo General de Educación de Entre Ríos (demandado)
- Qué se reclama: Cobro de $457.730,12 por intereses moratorios sobre cánones locativos vencidos entre agosto de 2019 y septiembre de 2021, más intereses y costas.
- Qué se resolvió: La sentencia de primera instancia que condenó al CGE a pagar intereses moratorios por mora en pagos extemporáneos se confirma, rechazando el recurso de apelación del CGE.
- Fundamentos principales: La sentencia analizó la naturaleza del contrato, concluyendo que es de derecho privado, regido por el CCCN, y que la mora se configura automáticamente por el vencimiento de los plazos pactados en el contrato, sin que sea necesario la emisión previa de facturas por parte del locador. Se rechazó la alegación de la aplicación del derecho público y la prescripción de los intereses por la demora en los pagos, pues las demoras y pagos extemporáneos ocurrieron dentro del plazo de dos años para la acción de cobro de intereses. La emisión de facturas no es un requisito para que se configure la mora, ya que el contrato no lo establece y el Estado actúa como un sujeto de derecho privado en esta relación. La apelación fue rechazada en todos sus agravios.
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