LAMBERT, ATILIO S. Y LAMBERT JORGE C/ MUNICIPALIDAD DE CONCEPCIÓN DEL URUGUAY S/ ACCIÓN MERAMENTE DECLARATIVA
La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Entre Ríos confirmó la validez de la derogación de beneficios fiscales a la empresa Lambert, negando la existencia de derechos adquiridos y rechazando la inconstitucionalidad de las ordenanzas que modificaron el régimen de exenciones.
- Quién demanda: Lambert Atilio S. y Lambert Jorge C.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Concepción del Uruguay
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de certeza respecto al derecho de la empresa a mantener una exención fiscal por 10 años y la inconstitucionalidad de las ordenanzas derogatorias.
¿Qué se resolvió?
La Cámara rechazó la pretensión y declaró que la empresa se encuentra alcanzada por la normativa vigente, sin derecho a nuevas prórrogas, y que las ordenanzas derogatorias no vulneran derechos adquiridos ni principios constitucionales.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La Ordenanza 10277, que derogó las beneficios previos, resulta aplicable a la actora, ya que su alcance es general y no excluye a las empresas ya radicadas. La posibilidad de prórroga del beneficio no configura un derecho adquirido, sino una expectativa, y las normas que consagran exenciones deben interpretarse estrictamente, respetando la ley y principios constitucionales. La modificación normativa, en tanto que afecta expectativas y no derechos consolidados, no viola la irretroactividad ni principios de razonabilidad." También se consideró que la política fiscal del municipio puede cambiar en ejercicio de su autonomía y que las expectativas no son derechos adquiridos.
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