A., G. R. C/ E., C. I. S/ ORDINARIO ACCIÓN DE CONSIGNACIÓN
La Cámara de Gualeguaychú confirmó la decisión que rechazó la acción de pago por consignación por incumplimiento en el pago de cuotas en dólares estadounidenses. La sentencia fundamentó que el deudor intentó pagar en moneda nacional en circunstancias que afectaban el equilibrio contractual y el derecho de propiedad del acreedor.
Actor: Sr. G. R. A. Demandado: C. I. E. Objeto: Pago en consignación de cuotas devengadas entre noviembre de 2023 y mayo de 2024, en dólares billete, por incumplimiento del acuerdo de pago en moneda extranjera. Decisión: La Cámara rechazó la apelación y confirmó la sentencia de primera instancia, considerando que la consignación en moneda nacional a cotización oficial resultaba insuficiente y abusiva, afectando el derecho de propiedad del acreedor y configurando un abuso de derecho del deudor. Fundamentos: "El pago en dólares billete pactado en el convenio no fue acreditado en especie distinta, y la imposibilidad alegada por el consignante no fue suficiente para justificar el pago en moneda nacional. La diferencia en valor y la brecha cambiaria generan un intento de abuso de derecho y enriquecimiento sin causa, afectando el equilibrio contractual y el derecho del acreedor a la propiedad." "El art. 765 y 766 CCC, modificados por el DNU 70/2023, establecen que la obligación en moneda extranjera debe cumplirse en la especie pactada, sin que los jueces puedan modificar la forma o moneda de pago por acuerdo de las partes." "El contrato reflejaba la intención de pagar en dólares estadounidenses, y el intento del deudor de pagar en pesos al valor oficial viola la voluntad contractual y genera un enriquecimiento injustificado."
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