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LAMPERTTI, HORACIO ORLANDO S/ RECURSO DE APELACION

La Cámara de Entre Ríos declaró la inadmisibilidad del recurso de inaplicabilidad de ley interpuesto por SOECRA y anuló la sentencia que declaró la incompetencia de los tribunales provinciales en un conflicto sindical. La decisión se fundamentó en la firmeza de las resoluciones previas y en la protección de la cosa juzgada.

Conflicto sindical Incompetencia Justicia laboral Ley 23551 Cosa juzgada Competencia Recurso extraordinario Inaplicabilidad de ley Segunda instancia Principios constitucionales


- La parte demandada, Sindicato de Obreros y Empleados de Cementerios de la República Argentina (SOECRA), interpuso recurso de inaplicabilidad de ley contra una sentencia que declaró la incompetencia de los tribunales laborales provinciales para entender en la causa.
- La causa versaba sobre un conflicto de encuadramiento sindical y convencional entre las partes, en el cual la justicia provincial se encontraba en un estadio procesal firme y consentido, tras una resolución de primera instancia que fue no apelada.
- La Cámara sostuvo que la resolución de primera instancia, que rechazó la planteo de incompetencia, quedó firme y consentida, formando cosa juzgada. La declaración oficiosa de incompetencia en segunda instancia vulneraba el principio de congruencia y el derecho de defensa, además de alterar la seguridad jurídica.
- La Sala concluyó que no correspondía revisar de oficio la competencia, ya que la cuestión había sido decidida en forma definitiva y consentida por las partes, y que la declaración de incompetencia por la Cámara constituía una violación del principio de la cosa juzgada y del debido proceso.

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