LARROSA, ROBERTO SILVANO C/ AVICOLA VAGUES SA Y OTROS S/ COBRO DE PESOS Y ENTREGA DE CERTIFICACION LABORAL
La Cámara de Gualeguaychú en sala laboral inadmite el recurso de apelación de Larrosa contra la providencia que intimó a la demandada a integrar lo adeudado, considerando que la resolución no causa gravamen irreparable y que la aceptación parcial del pago por parte del actor sustrayó la materia del reclamo.
- Quién demanda: Roberto Silvano Larrosa (actor)
¿A quién se demanda?
AVICOLA VAGUES S.A. (demandada)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Impugnación de la providencia que dispuso intimar a la demandada a integrar lo adeudado del acuerdo homologado, en el marco de un proceso laboral.
¿Qué se resolvió?
La Cámara inadmite el recurso de apelación, considerando que la resolución impugnada no causa un gravamen irreparable y que la aceptación parcial del pago por parte del actor, con reserva de intereses, hace perder el objeto del recurso.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La providencia que se apela resulta una providencia de mero trámite, que en principio no resulta impugnable, enmarcada dentro de las facultades que prescribe el art. 7, inc. b. del CPL, con la finalidad de sortear un procedimiento y lograr la percepción del crédito con mayor celeridad." "La aceptación del pago parcial por parte del actor, mediante presentación electrónica, con reserva de intereses, evidencia que la materia del reclamo ha sido sustraída por efecto de la propia conducta del actor, haciendo inadmisible la apelación." "El acuerdo homologado establece que la falta de pago en tiempo hará decaer el plan de pagos de pleno derecho, y la misma homologación implica que las condiciones pactadas son perfectamente ejecutables." "Dado que el actor aceptó parcialmente el pago y reservó el derecho a reclamar intereses, el tribunal entiende que ya no subsiste el interés jurídico para continuar con la vía recursiva, pues el objeto de la pretensión ha sido excluido." "Por ello, la resolución impugnada no ocasiona un gravamen irreparable, y la apelación debe ser declarada inadmisible sin costas."
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