GALARZA, GRACIELA MARGARITA C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS (IOSPER) S/ ACCION DE AMPARO
La Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Entre Ríos confirmó la sentencia que ordenó a IOSPER proveer medicación a la actora y rechazó el recurso de la demandada, fundamentando que la cobertura del 100% es procedente por las patologías en relación con la discapacidad y la ley.
- Quién demanda: Graciela Margarita Galarza
¿A quién se demanda?
Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Cobertura total (100%) de medicamentos necesarios para su tratamiento crónico y discapacidad, y que la obra social proporcione la medicación sin limitaciones.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar al amparo, se confirma la sentencia de primera instancia que ordenó la cobertura integral, y se rechaza el recurso de la demandada.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal consideró que la actora presenta un cuadro de patologías en relación con su discapacidad, acreditada por certificado válido hasta 2029, incluyendo diabetes, hipertensión, dislipidemia, y hipotiroidismo. El informe del médico forense ratificó que la medicación solicitada es necesaria y pertinente, señalando que la omisión de cobertura total sería un ejercicio abusivo e ilegítimo de la obra social. Se destacó que las patologías están protegidas por leyes nacionales y provinciales que garantizan la provisión gratuita y total de medicamentos indispensables, especialmente en casos de discapacidad. La sentencia se fundamentó en que la respuesta administrativa fue ilegítima al limitar las prestaciones y que la normativa y los informes médicos autorizan la cobertura total. La apelación fue rechazada, confirmando la sentencia de grado, y las costas fueron impuestas a la parte vencida.
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