GIUNTA, SANDRA JORGELINA C/ IOSPER S/ ACCION DE AMPARO
El Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos confirmó la sentencia que ordenó al IOSPER entregar medicamentos oncológicos a una afiliada, rechazando el recurso de la obra social y manteniendo la condena, fundamentando en la necesidad médica y derechos constitucionales a la salud.
- Quién demanda: Sandra Jorgelina Giunta
¿A quién se demanda?
IOSPER (Obra Social de la Provincia de Entre Ríos)
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Entrega de medicamentos "trastuzumab" y "pertuzumab" en un tratamiento oncológico, por considerarse necesarios para la salud y la vida de la actora.
¿Qué se resolvió?
El Superior Tribunal de Justicia rechazó el recurso de la obra social y confirmó la sentencia que ordenó la entrega de los medicamentos, sosteniendo que la medicación fue indicada por profesionales médicos y ratificada por dictamen forense, asegurando el derecho a la salud.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal sostuvo que la necesidad de los medicamentos fue acreditada mediante informes médicos y dictámenes forenses que ratificaron la pertinencia del esquema terapéutico. Se reiteró que el derecho a la salud es un derecho humano fundamental, reconocido en tratados internacionales y en la Constitución Nacional, y que la prestación sanitaria debe ser garantizada por el Estado y sus entes. La negativa de la obra social de proveer los medicamentos sin fundamentación médica suficiente vulnera derechos constitucionales y normas internacionales. La sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la acción, fue ratificada y confirmada, con costas a la parte vencida.
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