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ITTERMAN, MÓNICA CRISTINA C/ INSTITUTO DE OBRA SOCIAL DE LA PROVINCIA DE ENTRE RIOS (IOSPER) S/ ACCION DE AMPARO

La Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia que rechazó la acción de amparo de Mónica Cristina Itterman contra IOSPER, argumentando que no existieron vicios en el proceso ni arbitrariedades en la negativa de cobertura, y ratificó la fundamentación médica y administrativa.

Recurso de apelacion Discapacidad Derecho a la salud Prestaciones medicas Cobertura de salud Cobertura integral Accion de amparo Informe forense Rechazo de amparo Vicios procesales (nulidad)

Actor: Mónica Cristina Itterman Demandado: Instituto de Obra Social de la Provincia de Entre Ríos (IOSPER) Objeto: Cobertura integral para lentes aéreos con cristales multifocales y tratamiento oftalmológico térmico para párpados. Decisión: Rechazo de la acción de amparo, confirmando la sentencia de primera instancia, con regulación de honorarios y costas en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El tribunal analizó la documentación y las constancias del expediente, constatando que los lentes multifocales ya habían sido reconocidos al 100% antes de la presentación del amparo, y que la prestación del tratamiento oftalmológico térmico fue fundada en la evaluación médica y forense, quien indicó que la solicitud no reviste carácter de urgente ni de riesgo para la visión o la vida de la actora. Además, se resaltó que la actuación de IOSPER no fue arbitraria ni ilegítima, y que la negativa a cubrir el tratamiento no contravenía derechos constitucionales o garantías básicas. La valoración del informe forense y la documentación médica avalan la decisión administrativa, y no se evidencian omisiones o abusos que justifiquen la nulidad del proceso o la procedencia del amparo.

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