CARDOSO, PAMELA MELINA C/ FRANZOTTI MARIA CECILIA S/ DESALOJO
La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Paraná revocó la inadmisibilidad del proceso y declaró la procedencia del reclamo por daños derivados de violencia de género, considerando que la instancia de mediación cumplió con los fines del procedimiento previo y no vulneró derechos de la actora.
- Quién demanda: C.M.E.
¿A quién se demanda?
Municipalidad de Crespo
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios por violencia laboral en contexto de género, vinculados a actos de violencia y mobbing laboral institucional.
¿Qué se resolvió?
La Cámara revocó la decisión de inadmisibilidad y declaró admisible la demanda contenciosa administrativa. La mediación previa, en este caso, cumplió con los fines del procedimiento administrativo previo, permitiendo que la administración conociera del reclamo y ejerza su autotutela.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La instancia mediadora permitió, en la medida en que no obstruyó, que la administración municipal conociera el reclamo de su empleada, eventualmente solicitar precisiones y ejercer su autotutela, pese a lo cual no lo hizo. Canceló la instancia al darla por fracasada." "La prohibición de mediar en casos de violencia de género impacta sobre la imprescindibilidad del trámite previo, y en este caso, la mediación cumplió con los fines del procedimiento administrativo, ya que la actora solicitó audiencia de mediación en una instancia que, por excepciones reconocidas, puede entenderse como equivalente a un trámite previo." "El trámite de mediación, en este contexto, no vulnera las normas internacionales, nacionales y provinciales que prohíben la revictimización y la mediación en casos de violencia de género."
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