Legajo Nº 1 - IMPUTADO: PONCE, HECTOR ANTONIO s/LEGAJO DE CASACION
La Cámara Federal de Casación Penal declaró abstracto el recurso de casación interpuesto por la defensa de Héctor Antonio Ponce, en virtud de que el condenado se encuentra en libertad, lo que hace desaparecer el interés de la controversia y torna inútil la resolución pendiente, confirmando que las circunstancias sobrevinientes deben ser consideradas en la resolución de los recursos.
Actor: La defensa pública de Héctor Antonio Ponce Demandado: La decisión del Tribunal Oral Federal de Santa Fe Objeto: La declaración de inconstitucionalidad de los artículos 56 bis de la ley 24.660 y 14 inc. 10 del Código Penal, y la consecuente libertad asistida del condenado Decisión: Declarar la naturaleza abstracta del recurso de casación debido a que el condenado, Héctor Antonio Ponce, se encuentra en libertad por agotamiento de la pena
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Sala III de la Cámara Federal de Casación Penal explicó que, conforme la doctrina de la Corte Suprema de Justicia, cuando una circunstancia sobreviniente hace que la resolución pendiente pierda interés, el recurso deviene abstracto. En este caso, Ponce obtuvo la libertad efectiva el 21 de julio de 2025, por lo que "ha desaparecido el interés que daba sustento al recurso de casación", por lo que "debe declararse abstracto su tratamiento". Se citan Fallos de la Corte Suprema, como 285:353 y 272:130, que establecen que no corresponde pronunciamiento cuando las circunstancias sobrevinientes tornan inútil la resolución pendiente.
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